Los Olivos, 5 de Setiembre del 2010  
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»Dictan normas para regular servicio de transporte en mototaxis en Los Olivos
Se requerirá que el 60 por ciento de sus conductores sean mayores de 24 años y que tengan la capacidad operativa para articular el servicio con eficiencia.

La Municipalidad de Los Olivos dictó una serie de normas para regular el servicio de transporte que prestan los mototaxis en su jurisdicción, entre las cuales se establece la obligatoriedad de que cada empresa cuenta con al menos 20 vehículos y con una oficina que fiscalice y orden el servicio que prestan.

El reglamento que contiene estas disposi8ciones señala que se dará autorizaciones a las entidades debidamente inscritas ante Registros Públicos y siempre que al menos el 60 por ciento de sus propietarios o conductores sean accionistas o asociados.

También se requerirá que el 60 por ciento de sus conductores sean mayores de 24 años y que tengan la capacidad orgánica, administrativa y operativa para articular el servicio con eficiencia.

En cuanto a los conductores, la norma establece que debe contar con licencia de conducir y que debe prestar el servicio transportando solo el número de pasajeros que quepan cómodamente sentados en la unidad (de dos a tres) y no llevar pasajeros a su lado.

Asimismo, se señala que deben prestar el servicio observando las reglas de higiene y aseo personal y conducir los vehículos a velocidades no mayores a los 30 kilómetros por hora, salvo que haya señales que indiquen una velocidad menor.

Dentro de este servicio se considerarán faltas muy graves y se sancionarán con multas de 180 soles, prestar el servicio con el permiso de operación vencido, transferir o prestar el permiso de operación, permitir la incorporación a la flota de la empresa de vehículos robados o de dudosa procedencia.

Asimismo, si el conductor presta el servicio bajo los efectos del alcohol, drogas u otras sustancias tóxicas, si maltrata moral, física o verbalmente a la autoridad municipal, a los pasajeros o a terceros mientras presta el servicio o si causa accidentes de tránsito y no auxilia a los heridos o se da a la fuga, entre otras faltas.

Fuente: Andina.

 

 
 
 
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