Los requisitos permitidos por ley son: Solicitud de licencia de funcionamiento, con carácter de declaración jurada, que incluya número de Registro Unico del Contribuyente (RUC) y Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería del solicitante y DNI o carné de extranjería del representante legal en caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, o si se trata de personas naturales que actúen mediante representación.
Vigencia de poder de representante legal, en el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos y, tratándose de personas naturales, carta poder con firma legalizada. Asimismo, declaración jurada de condiciones de seguridad o inspección técnica de seguridad en Defensa Civil, según corresponda. Finalmente, de ser el caso, copia del título profesional en el caso de servicios relacionados con la salud, información sobre el número de estacionamientos, en declaración jurada, copia de la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que la requieran, copia de la autorización expedida por el Instituto Nacional de Cultura (INC) y pago de tasa por derecho de trámite. Sin embargo, durante las investigaciones se detectó que los municipios exigían requisitos adicionales como, por ejemplo, título profesional del solicitante en todos los rubros, constancia de no adeudar tributos, copia del título de propiedad o contrato de alquiler del local, fotos, entre otros.
Los municipios investigados son: Ate, Barranco, Chaclacayo, El Agustino, Independencia, Jesús María, La Molina, Lima, Lince, Los Olivos, Lurín, Miraflores, Puente Piedra, Punta Hermosa, Rímac, San Bartolo, San Juan de Lurigancho, San Juan de Miraflores, San Martín de Porres, Santa Anita, Santa María del Mar, Santiago de Surco, La Perla, La Punta y Ventanilla. De confirmarse las presuntas infracciones, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi podría imponer sanciones de hasta cinco Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 17,550 nuevos soles, a los funcionarios municipales que resulten responsables. Durante la investigación también se detectó que otros diez municipios, si bien habían adecuado sus normas a la ley, en la práctica seguían exigiendo mayores requisitos de los permitidos. En estos casos, la institución los ha notificado para que capaciten a su personal en el cumplimiento de la ley. La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi viene haciendo investigaciones similares en los municipios del interior del país, a través de las oficinas regionales de la institución. Finalmente, el Indecopi pidió que las personas que identifiquen algún incumplimiento a esta ley lo denuncien al correo: consultasbarreras@indecopi.gob.pe o llamen a los teléfonos 224-7777 (Lima) y 0-800-4-4040 (gratuito para provincias). Fuente: Andina |